ESTATUT: UNA «CONSTITUCIÓN» CONTRA LA CONSTITUCIÓN

 

 Editorial de   “ABC” del 09.10.05

 

 Por su interés y relevancia, he seleccionado el editorial que sigue para incluirlo en este sitio web. (L. B.-B.)

 

 Gobierno y PP han asociado al proyecto estatutario objetivos y estrategias que desbordan por completo los márgenes que ofrecen simples enmiendas a un proyecto articulado. Las diferencias no están fundamentalmente en lo escrito, sino en los principios que cada cual defiende en este debate estatutario. Por eso el PP dice que el proyecto aprobado por el Parlamento de Cataluña es una reforma constitucional encubierta y que, como tal, ha de ser tramitada, lo que haría imprescindibles sus 148 escaños en el Congreso. Por su parte, el Gobierno y el PSOE anuncian retoques y ajustes en un proyecto que consideran plenamente legítimo, para lo que siempre tendrá dispuestos a sus socios minoritarios.

La valoración conjunta y política del proyecto de Estatuto catalán será lo que, en el momento de fijar posiciones parlamentarias, decida la actitud del PSOE y del PP, porque, aparte del masivo rechazo ciudadano que suscita la propuesta del tripartito, cada vez que los defensores del Estatuto lo glosan, se hace más evidente su desencaje en el sistema actual. Sin temor a exagerar, puede decirse que el texto aprobado por el Parlamento catalán es estructuralmente inconstitucional, o «anticonstitucional», como ha matizado el ex presidente del Tribunal Constitucional Manuel Jiménez de Parga. Habría que recordar que la crítica más contundente al proyecto de nuevo Estatuto se contenía en un dictamen emitido por expertos constitucionalistas para el Ministerio de Administraciones Públicas. Según estos juristas, «la ampliación de competencias es masiva, injustificada y claramente contraria a la Constitución por lo que se refiere a muchas de las técnicas que se utilizan y al resultado a que conducen». Desde que este informe se dio a conocer -finales de agosto pasado- hasta ahora, la afirmación de los expertos ha cobrado aún más fuerza.

El texto estatutario representa la voluntad de crear una organización política, sustentada sobre un poder soberano, sin necesidad de reconocimiento estatal, y blindado frente al Estado mediante una aparente relación de bilateralidad entre iguales, que no es tal en la medida en que la mayoría de las intromisiones de la Generalitat en las instituciones del Estado no tienen reciprocidad. Este problema no se resuelve trasladando la palabra «nación» desde el artículo 1º al Preámbulo -trampa leguleya para dificultar el recurso de inconstitucionalidad-, ni retocando un poco las normas sobre Poder Judicial, o blanqueando el sistema de financiación. El problema no es de ornamentación sino de arquitectura, como queda de manifiesto en el análisis del texto estatutario que ABC ofrece hoy a sus lectores en la sección de Nacional.

El propósito soberanista impregna todo el texto del nuevo Estatuto, porque está diseñado para servir a una transformación de mayor calado que la meramente autonómica. En su contenido puramente normativo, la constitucionalización del texto será más fácil si se hace otro nuevo que si se pretende un reajuste interno. El preámbulo y el artículo primero definen a Cataluña como nación, y a España como un Estado federal y plurinacional, e invocan los derechos históricos -previos a toda legitimación democrática, por supuesto- como fuente única de la libre determinación que ejercerían los catalanes a través del nuevo Estatuto. Luego, como preceptos de corte constituyente, el nuevo Estatuto regula para Cataluña el territorio, las instituciones, los derechos y las libertades ciudadanos y las competencias exclusivas; establece por sí y para sí su poder judicial, así como el estatuto singular de jueces y fiscales destinados en territorio catalán; decide que haya en el Estado otra realidad nacional, la del Arán; y somete a órganos constitucionales del Estado a una modificación forzosa que dé cabida a la relación confederal que alumbra el proyecto. Además, la difícil convivencia entre castellano y catalán se rompe y da paso a la conversión del catalán en ariete de la sociedad nacionalista que se refleja en el texto, con efectos en las relaciones públicas y privadas, medios de comunicación y enseñanza. El sistema de financiación, en un marco de intervencionismo obsesivo, secunda el propósito de asentar un nuevo poder capaz de sostener la relación paritaria que se le propone al Estado. La tarea de enmendar este Estatuto es compleja, porque su inconstitucionalidad no está localizada en uno u otro artículo, sino que vertebra un proyecto que apenas deja algo de España en Cataluña.