ENVIDIA DE ALEMANIA
Artículo de Francesc de Carreras en “La Vanguardia” del 09.03.06
Por su interés y relevancia he seleccionado el artículo que sigue para incluirlo en este sitio web.
El Gobierno de la señora Merkel ha reemprendido el proceso de reforma
constitucional que no había conseguido aprobar el gobierno anterior. La reforma
afecta a diversas cuestiones relacionadas con la organización federal de la
República alemana, que en los últimos años habían demostrado su mal
funcionamiento. En el federalismo alemán, los estados federados, es decir, los
länder, tienen muy amplios poderes ejecutivos y ejercen escasas competencias
legislativas. En cambio, estos länder tienen influencia en la legislación a
través del Bundesrat, es decir, del Senado, que, con el Bundestag o Cámara Baja,
constituyen el poder legislativo alemán.
En efecto, los miembros del Bundesrat están designados por los gobiernos de los
länder, y los del Bundestag son elegidos directamente por los ciudadanos. Por lo
tanto, en el Bundesrat están representados directamente los gobiernos, no los
ciudadanos, y los miembros de esta Cámara son una especie de embajadores a las
órdenes de sus gobiernos respectivos. En cambio, los diputados del Bundestag, si
bien representan directamente a los ciudadanos, de hecho están, como sucede
entre nosotros, a las órdenes de los partidos a los que pertenecen. Por su
parte, el canciller federal, en la actualidad la señora Merkel, es elegido por
esta Cámara Baja.
Sin embargo, a diferencia de lo que sucede en España, el Senado federal alemán
tiene amplios poderes legislativos en las materias que son competencia de los
länder, hasta el punto de que en los últimos años alrededor del 60% de las leyes
debían ser aprobadas conjuntamente por ambas cámaras. Ello provoca que el
Bundesrat tenga de hecho un poder de veto fáctico respecto a las iniciativas
legislativas gubernamentales. Cuando en ambas cámaras las mayorías son
coincidentes, la acción del Gobierno federal puede ejercer eficazmente. Ello no
sucede así cuando las mayorías son distintas y se anteponen los intereses
partidistas: la oposición se ejerce bloqueando desde el Bundesrat la acción
gubernamental. Ello ha sido así en Alemania, tanto en época del canciller Köhl
como en la de Schröder. Ello ha conducido a la ineficacia del Gobierno. La
necesidad, advertida desde hace años, de que Alemania adaptara su legislación
económica y social a las nuevas circunstancias europeas y mundiales no ha podido
llevarse a cabo debido a este bloqueo y las consecuencias han sido nefastas:
recesión económica y aumento histórico del paro. El mal funcionamiento de las
instituciones políticas impedía las necesarias reformas sociales.
Por el mismo motivo, es decir, debido a este bloqueo, no pudo llevarse a cabo la
reforma constitucional en la legislatura anterior. En cambio ahora, con un
Gobierno de gran coalición, con una mayoría apabullante en las dos cámaras de
democristianos y socialistas, podrá llevarse a cabo la necesaria reforma
constitucional que precisa el voto favorable de las dos terceras partes de ambas
cámaras. Básicamente, esa reforma consistirá en disminuir el número de materias
sobre las cuales debe legislar el Senado y en aumentar las competencias
legislativas de los länder.
De esta manera, el Gobierno federal podrá emprender la reforma social y
económica que Alemania necesita para salir de su actual declive. Acabado el
bloqueo partidista, se ganará eficacia en la acción de Gobierno. "Necesitamos
decisiones más rápidas", ha dicho la señora Merkel. "No creo que esta reforma
sea una cuestión de más o menos centralismo, sino que más bien se trata de dejar
más claras las competencias", ha declarado Wowereit, alcalde socialista de
Berlín.
Dos aspectos deben subrayarse sobre esta manera de abordar la reforma
constitucional en Alemania. Primero, antes de iniciar la reforma se ha buscado
el acuerdo, tanto entre los dos grandes partidos como entre todos los gobiernos
de los länder. Segundo, su finalidad es buscar una mayor eficacia y
funcionalidad del conjunto del sistema, no en satisfacer las reivindicaciones de
uno de los territorios.
A la vista de lo que está sucediendo en España, el proceso alemán suscita
envidia. En efecto, en nuestro país, el proceso es totalmente distinto. Primero,
no hay acuerdo alguno entre los dos grandes partidos y, segundo, la reforma del
modelo territorial se emprende a través de una iniciativa del Parlament de
Catalunya que plantea unas reivindicaciones específicas, no las del conjunto de
todo el Estado.
En su programa de Gobierno, el presidente Zapatero propuso llevar a cabo una
reforma constitucional y, de manera secundaria, reformar también algún estatuto
de autonomía, en el marco, se daba a entender, de lo establecido en el llamado
documento de Santillana, aprobado seis meses antes de que el PSOE ganara las
elecciones. Pues bien, todo ello ha sido trastocado por razones puramente
tácticas, ligadas a los apoyos que Zapatero necesita para seguir gobernando. El
Gobierno ha sido desbordado por las circunstancias y ha decido ceder,
presuntamente por razones partidistas. Ésta no es, pues, la manera de hacer una
reforma del modelo territorial que pretenda ser sólida y duradera. Además,
imposibilita llevar a cabo la reforma constitucional prometida por Zapatero en
su programa de Gobierno.
En España volvemos a las andadas en aquello que pensábamos que se había
abandonado definitivamente en la transición: hacer reformas estructurales, de
hecho o de derecho constitucionales, sin amplios consensos. Parece, pues, que
volvemos a los viejos y malos tiempos de una España que creíamos superada.
FRANCESC DE CARRERAS, catedrático de Derecho Constitucional de la UAB