¿QUÉ LIBERTAD PARA LOS ENEMIGOS DE LA LIBERTAD?
Artículo de Santos Juliá en "El
País" del 8 de abril de 2001
Con un muy breve comentario al final
Luis Bouza-Brey
La aparatosa división
de pareceres protagonizada por jueces de la Audiencia Nacional pone de relieve
las dificultades con las que un Estado de derecho puede tropezar en su lucha
contra el terrorismo organizado. No se trata de caer en el fatalismo que
atenazó a los demócratas de los años 30, cuando convencidos de la entonces
llamada debilidad de la democracia y fascinados por la fuerza de los
totalitarismos, decidieron ceder todo lo imaginable con tal de apaciguarlos;
tampoco se trata de hacer fuerte a base de leyes de excepción lo que se tiene
como estructuralmente débil, al modo en que la República española se dotó en su
primera etapa de una ley de defensa que no sirvió para nada. Ni la democracia
es débil de por sí ni sirve de mucho reforzar su fortaleza con medidas de
excepción.
Todo lo cual no quiere
decir que un Estado de derecho no ofrezca resquicios que un movimiento
nacionalista dotado de una organización terrorista no esté dispuesto a
aprovechar hasta el extremo. El problema de considerar a ETA como una banda
armada y actuar judicialmente en consecuencia implica ignorar su dimensión como
parte de un movimiento nacional. Si ETA fuera una simple asociación de
malhechores, el Estado español habría dado ya cuenta de ella como dio el
italiano de las Brigadas Rojas o el alemán de la Baader
Meinhof. Pero ETA no es una mera banda de pistoleros,
sino una organización terrorista que cuenta con ramificaciones especializadas
en desarrollar tácticas encaminadas a la 'construcción nacional'.
De ese entramado
existe, entre otras, una evidencia inapelable: el terrorismo callejero. Pensar
que los actos violentos contra la integridad, la libertad y el patrimonio de
ciudadanos vascos mediante utilización de explosivos y amenazas, continuados en
el tiempo, perfectamente programados en su ejecución, no tienen nada que ver
con ETA sino que son otras tantas manifestaciones de un 'conflicto' secular, es
grotesco; proceder judicialmente sobre ese supuesto hasta no encontrar el
documento que pruebe la vinculación, negando la evidencia de que todo forma
parte de la misma 'estructura ilícita y delictiva', como escribe el juez
Garzón, es sencillamente suicida.
Lo es porque repite la
única debilidad de las democracias cuando sufren una ofensiva dirigida por
movimientos nacional-terroristas. Los límites a la investigación de esas
tramas, y la exigencia de pruebas documentales donde sólo puede haber indicios
racionales, amplían el margen de impunidad de estos enemigos organizados de la
libertad. Sabemos bien adónde conduce esa impunidad: la excarcelación de siete
miembros de Ekin ha coincidido con la renuncia de
cinco concejales socialistas al desempeño de los cargos para los que fueron
elegidos por sus conciudadanos. La renuncia pone de manifiesto que la
democracia puede sucumbir en Euskadi a no ser que todos los poderes del Estado,
comenzando por el mismo Gobierno autónomo, actúen con decisión para defender la
libertad del ataque multidireccional y violento de sus enemigos.
Ciertamente, la
justicia no puede ser una pieza de la política antiterrorista del Gobierno.
Pero la justicia es, más que una pieza, un poder fundamental del Estado; un
poder que debe emplearse a fondo en la lucha contra las fuerzas que atentan de
forma organizada, con estructuras de apoyo, contra la vida, la libertad y los
derechos de las personas. Emplearse a fondo quiere decir investigar, acopiar
indicios, aplicar de la manera más rigurosa la ley y el derecho. Esto es lo que
no parecen haber entendido los magistrados de la Audiencia Nacional cuando
exigen, en fase de instrucción de un sumario, documentos que permitan
establecer de forma directa la existencia de una vinculación entre ETA y Ekin. Documentos no los habrá, pero indicios sobran: basta
tener los ojos abiertos para caer de ese limbo en el que ha sido redactado el
auto de la Sección IV de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Muy breve comentario final
Luis Bouza-Brey
Existe un ámbito dentro del complejo de
operaciones en que consiste la actividad judicial que
es irreductiblemente discrecional: la apreciación individualizada por parte del
Juez del conjunto de indicios y elementos probatorios como base para
fundamentar una conclusión sintética. Pero en esta cuestión, y por lo que se
refiere a la apreciación de la naturaleza del entramado de ETA y su
comportamiento, los jueces van con retraso todavía: predominan las cautelas
frente al riesgo de aumentar los límites a la libertad. Y ello es debido a que
falta un diagnóstico certero de la naturaleza de la trama civil del movimiento
terrorista. Y no es extraño, pues en el conjunto de la sociedad española
se está produciendo un giro radical en la percepción de este asunto. No
tiene nada de anómalo que si los políticos, que deberían ser la vanguardia de
los movimientos de la opinión pública, se mueven con enormes contradicciones en
este terreno, los jueces, que tienen que ser conservadores por la naturaleza de
su función, vayan con retraso. Por eso es tan importante el papel de los
creadores de opinión, ya sean intelectuales, periodistas, políticos o incluso
jueces como Garzón, que van abriendo camino a la emergencia de nuevas
interpretaciones de la realidad. Este artículo de Santos Juliá, así como el de
Martínez Gorriarán "Terrorismo y alegalidad", me parecen certeros y necesarios: la
libertad no debe ser un instrumento al servicio de los liberticidas.