LA DEMOLICIÓN DEL ESTATUT

Artículo de Luis Míguez Macho en “El Semanal Digital” del 17 de julio de 2010

Por su interés y relevancia he seleccionado el artículo que sigue para incluirlo en este sitio web.

 

Ya sé que es un entretenimiento un poco extraño para una tarde de verano, pero me he estado leyendo los 234 folios de fundamentos jurídicos de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña (con antecedentes y votos particulares son en total 881 folios), y creo que es hora de explicar al lector por qué los nacionalistas catalanes (entre los que incluyo al PSC de Montilla) se han puesto como hidras pese a que, según cierta prensa de Madrid, "la sentencia avala la mayor parte del Estatut".


Un Estatuto de Autonomía no puede darle órdenes al Estado

En un artículo anterior, escrito cuando sólo se conocía el fallo y no el contenido íntegro de la sentencia, ya había adelantado la trascendencia que tiene ésta al negar que, en el plano constitucional, pueda haber más nación que la española, lo que le llevaba a privar de todo valor jurídico, incluso el meramente interpretativo, a las referencias del nuevo Estatuto al supuesto carácter nacional de Cataluña. Ahora tengo que añadir que la sentencia deja claro que el autogobierno catalán no tiene otro fundamento que la Constitución y desmonta por completo el intento de convertir el Estatuto de Autonomía en una norma materialmente constitucional que determinaría no sólo las competencias de la Comunidad autónoma, sino también las estatales, y que impondría concretos compromisos y obligaciones jurídicas al Estado sobre cómo tiene que ejercer sus competencias, sobre la composición y funcionamiento de sus órganos e instituciones y hasta sobre el contenido de las leyes de presupuestos generales.


Así, todos los artículos del nuevo Estatuto catalán que intentan "blindar" las competencias de la Comunidad autónoma imponiendo límites a las competencias estatales son reinterpretados por el Tribunal Constitucional en el sentido de que esos límites carecen de cualquier eficacia frente al legítimo ejercicio por el Estado de las competencias que le atribuye directamente la Constitución. Y cada una de las cláusulas estatutarias que intentan decirle al Estado cómo tiene que ejercer sus competencias, cómo tiene que organizar sus instituciones o cuánta financiación le tiene que destinar a la Comunidad autónoma de Cataluña quedan igualmente privadas de fuerza jurídica vinculante.


De ahí la nueva estrategia planteada por los nacionalistas catalanes y que el presidente del Gobierno,
José Luis Rodríguez Zapatero, se acaba de comprometer a acatar en el debate sobre el estado de la nación, consistente en promover las reformas legislativas necesarias para acoger esas cláusulas del Estatuto privadas de fuerza vinculante por el Tribunal Constitucional. Sobre esto son necesarias dos precisiones.


La primera es que será muy difícil formular esas reformas sólo para la Comunidad autónoma de Cataluña. Al tratarse de leyes estatales, como la Ley orgánica del Poder judicial, si se modifican, se tendrán que modificar para todas las Comunidades autónomas, a no ser que se pretenda supeditar las innovaciones que se introduzcan a la existencia de cláusulas estatutarias que las prevean, pero esa discriminación entre Comunidades autónomas podría dar lugar a un conflicto territorial de dimensiones inasumibles.


La segunda precisión es que, mientras el Estado no puede modificar unilateralmente un Estatuto de Autonomía, sí puede cambiar cuando le parece oportuno las leyes que él mismo dicta. Por tanto, todo lo que haga
Rodríguez Zapatero para sortear la sentencia podrá ser revertido por el PP (que, no lo olvidemos, no fue invitado al pacto político que dio lugar al nuevo Estatuto catalán) cuando vuelva al poder, si tiene la fuerza parlamentaria suficiente.


Los catalanes tienen los mismo derechos y deberes que el resto de los españoles, incluidos los lingüísticos

Pero la sentencia no se limita sólo a salvaguardar la posición del Estado en nuestro sistema autonómico. También desmonta la pretensión de convertir el Estatuto en una Constitución encubierta por la vía de establecer un régimen de derechos, deberes y libertades para los catalanes distintos al del resto de los españoles, con un fantasmal "Consejo de Garantías Estatutarias" como remedo de Tribunal Constitucional.


Los derechos recogidos en el nuevo Estatuto son reinterpretados de tal manera que sólo vinculan al legislador autonómico, y de una manera muy poco efectiva, porque no hay medio alguno de enjuiciar una ley autonómica por vulneración del Estatuto de Autonomía, salvo en los aspectos competenciales. El dictamen vinculante del Consejo de Garantías Estatutarias al que las iniciativas legislativas autonómicas quedaban supeditados en ciertos casos es declarado inconstitucional y anulado, con lo que ese órgano queda reducido a funciones puramente consultivas.

Con todo, lo más importante es la reconstrucción del régimen lingüístico que lleva a cabo la sentencia, en tres puntos esenciales. Primero, el Tribunal Constitucional reafirma su jurisprudencia según la cual no se puede imponer el deber de conocimiento de las lenguas regionales cooficiales como deber jurídico exigible individualmente a los ciudadanos, lo que conlleva que no es posible obligar desde el Estatuto a comerciantes y empresarios a atender a los clientes en catalán. Segundo, declara inconstitucional el intento de convertir el catalán en lengua de uso "preferente" en la Administración y reinterpreta las referencias a su uso "normal" en el sentido de que no puede suponer, como ahora ocurre (y no sólo en Cataluña), la limitación del uso del castellano a supuestos totalmente excepcionales. Tercero, sobre el carácter vehicular del catalán en la enseñanza señala que "es constitucionalmente obligado que las dos lenguas cooficiales sean reconocidas por los poderes públicos competentes como vehiculares, siendo en tales términos los particulares titulares del derecho a recibir la enseñanza en cualquiera de ellas" (fundamento jurídico 24).


Sólo falta que tan encomiable doctrina se aplique con todo rigor y coherencia cuando llegue el momento de dictar sentencia sobre la nueva ley de educación catalana, recurrida ante el Tribunal Constitucional por el
PP.

El verdadero alcance de la sentencia y el papel de la presidenta del Tribunal Constitucional

Hay otros puntos de la sentencia que se podrían mencionar, como el freno al enésimo intento de los nacionalistas catalanes de suprimir la provincia como entidad local, esta vez sustituyéndola por "veguerías", pero creo que no es necesario extenderse más para que el lector entienda que el resultado es la demolición del nuevo Estatuto, que queda convertido, por vía de reinterpretación de buena parte de sus artículos, en una cáscara vacía, en un documento de carácter esencialmente programático privado de fuerza jurídica vinculante.


En el fallo se anulan parcialmente 16 preceptos y se someten a interpretación unos 30, pero en realidad son más de cien los artículos reinterpretados por el Tribunal: casi todos los impugnados por el
PP, que bien podría estar celebrando con champán la sentencia, sino fuera porque hay que ser discretos y dejar que se cuezan en su salsa los nacionalistas promotores del disparate y el insensato de La Moncloa que lo avaló, junto con los que le ríen las gracias.

Un último comentario en relación con esto. La sentencia, a mi entender, no es mala, ni mucho menos, pero la presidenta del Tribunal Constitucional,
María Emilia Casas Baamonde, es responsable de una granujada política que no se puede pasar por alto: la ocultación deliberada en el fallo de la sentencia del verdadero alcance de la misma, para salvar la cara al gobierno. Es inaceptable y arbitrario que no se hayan llevado al fallo todos y cada uno de los preceptos del Estatuto que han sido objeto de reinterpretación y que, como ya he dicho, son muchísimos más que los recogidos expresamente en aquél.


¿Qué les queda ahora a los nacionalistas catalanes? Todas sus ridículas proclamas se han quedado en una manifestación que ya ha pasado y pronto se desvanecerá en el olvido. Podrían provocar la caída del gobierno, pero no lo harán. Si por una vez actuasen leal y abiertamente, deberían proponer la reforma constitucional, pero tampoco lo harán: preferirán seguir enredando por detrás. En definitiva, volvemos al punto de partida, después de cuatro años de inútil convulsión territorial dirigida en exclusiva a dar satisfacción a una oligarquía insaciable que sólo piensa en acrecentar sus privilegios clientelares y de la que la mayoría de los españoles estamos sencillamente hartos.