LOS VETOS DEL ARBITRISMO
Artículo de Luis González Seara en “La Razón” del 30/08/2004
Por su interés y relevancia, he seleccionado el artículo que sigue para incluirlo en este sitio web. (L. B.-B.)
La incontinencia verbal de la llamada clase política es una plaga veraniega con
la que debe contarse. Los gobiernos, centrales o periféricos, debieran dar
ejemplo de consideración con el ciudadano guardando un comedido silencio, pero
ocurre todo lo contrario y no dejan de propinarle alarmas y disgustos. A veces,
la alarma deviene en pánico. Es lo que puede ocurrir con el anuncio del gobierno
de establecer un derecho de veto de las comunidades autónomas a las leyes del
Parlamento que ellas consideren atentatorias contra sus hechos diferenciales o
identidades vernáculas. La ocurrencia es asombrosa, digna de nuestros mejores
arbitristas. Es sabido que en nuestros días imperiales, al lado de los grandes
literatos y artistas, nuestra Corte y las grandes instituciones del Reino se
veían literalmente asaltadas por enjambres de charlatanes y arbitristas, que
algunas veces ofrecían alguna idea interesante, pero que, en general, eran
proyectos quiméricos o timos desvergonzados, que nuestros escritores satirizaron
de forma despiadada. Cervantes deja definitivamente acuñada la palabra en «El
coloquio de los perros», donde el can Berganza describe al arbitrista que, en un
hospital de Valladolid, hace confesión de su actividad: «Yo, señores, soy
arbitrista y he dado a su Majestad en diferentes tiempos, muchos y diferentes
arbitrios, todos en provecho suyo y sin daño del reino». La proliferación y
acumulación de arbitristas y proyectos obligó a crear una Junta encargada de
examinarlos. Quevedo extenderá su terrible sátira, no sólo contra los
arbitristas, sino contra el sistema que los propiciaba. El tiempo fue decantando
la frontera entre el arbitrismo pícaro y las ideas y proyectos consistentes,
pero, en este país milagrero y voluntarista, siguieron persistiendo excesivas
muestras de improvisación y arbitrismo. Es descabellada la idea de un derecho de
veto de las comunidades autónomas a cualquier decisión del Parlamento, que
aquellas estimen que vulnera cosas tan ambiguas como la lengua, la cultura, la
insularidad, el derecho o «el principio de solidaridad», que se pretende dar a
todas las Comunidades para paliar los hechos diferenciales de algunas. Alguien
ha tenido la idea de fijarse en el Bundesrat alemán, donde es necesario su voto
afirmativo en cuestiones que afecten a los ingresos fiscales o la autonomía del
Land. Pero, con independencia de que ese bloqueo legislativo está resultando
paralizante en exceso y se esté pensando en reducir drásticamente las leyes que
se pueden bloquear, de ningún modo se atribuye a los Länder la capacidad de
bloqueo, que corresponde al Bundesrat como Cámara Alta. Allí, como aquí, la
Comunidad que entiende que se han vulnerado sus competencias, debe recurrir al
Tribunal Constitucional. Que una Comunidad Autónoma, con «hecho diferencial» o
sin él, pueda vetar directamente una ley o decisión del Parlamento, es más que
un arbitrismo veraniego: es una aberración que ignora los supuestos de soberanía
y representación en que se asienta nuestro sistema constitucional.