EL ENGAÑO DE LA NACIONALIDAD (I)

 

 Artículo de Jesús Láinz  en “El Semanal Digital” del 09/09/04

 

Por su interés y relevancia, he seleccionado el artículo que sigue para incluirlo en este sitio web. (L. B.-B.)

 

 

9 de septiembre.  Tanto el presidente de la Generalidad como numerosas otras voces de su partido, de sus socios en el tripartito y de CiU nos recuerdan casi cada día su intención de realizar la reforma constitucional que plasme lo que hubieran deseado en 1978 pero que no fue posible debido, según palabras de Maragall, al carácter que la Carta Magna tuvo de "enorme disposición transitoria" entre la dictadura y la democracia.

El punto esencial de esta reforma constitucional es la exigencia de que existan comunidades autónomas distintas de las demás en sus competencias, en su definición como sujetos de cosoberanía y en su propia definición como nacionalidades.

En este espacio vamos a dedicar cuatro capítulos consecutivos al análisis de la nacionalidad, que hizo correr ríos de tinta en 1978 y que un cuarto de siglo después, dando la razón a los que entonces se opusieron a dicha terminología, vuelve a ser el nudo gordiano que deberá ser cortado de un modo u otro.

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En los tiempos constituyentes los diversos partidos nacionalistas, con la aprobación y el apoyo de la izquierda, presionaron para que fuera introducida en la Constitución una terminología un tanto confusa; en concreto, los términos comunidad histórica y, sobre todo, nacionalidad, disparate político y lingüístico que tantos escritores, historiadores y políticos criticaron en vano.

Antes de nada se hace necesaria una breve aclaración lingüística que irá perfilando el asunto. El Diccionario de la Real Academia ha definido durante muchas décadas la palabra nacionalidad como: "1. Condición y carácter peculiar de los pueblos e individuos de una nación. 2. Estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación".

Nacionalidad es, pues, la condición que una persona tiene de pertenecer a una nación. Se tiene tal o cual nacionalidad (española, francesa, italiana...), pero no se es nacionalidad. Así pues, o se es región o se es nación; sólo se podrá ser nacionalidad a costa de cocear el diccionario y usar una palabra que, en esa acepción, por mucho que hoy se utilice, no tiene sentido.

No tiene dicha palabra el significado que con tanta frecuencia se le da, una pseudoentidad de Derecho Público a mitad de camino entre la región y la nación pero sin ser ni una cosa ni otra: una especie de suprarregión o infranación que tampoco es ninguna de las dos cosas sino todo lo contrario. Puestos a inventar nebulosos entes territoriales, ¿por qué no continuar con el término regionalidad, como entidad a mitad de camino entre la región y la provincia? Y después vendría la provincialidad, entidad a mitad de camino entre la provincia y la comarca. Y así sucesivamente.

Muchos fueron los que denunciaron el disparate lingüístico y político del término, entre ellos Julián Marías, quien escribió varias páginas al respecto calificando el uso pretendido de dicho término como "caprichoso e inaceptable".

Explicaba Marías que algunos nacionalistas defensores del término en cuestión apelaban a la autoridad de Francisco Pi y Margall, el político y escritor catalán, presidente de la efímera I República Española y autor del célebre libro Las nacionalidades. Pero si dichos nacionalistas hubiesen tenido la precaución de leer el libro que se atrevían a citar, habrían comprobado que en dicha obra su autor jamás utilizó el término nacionalidad en el sentido de unidad política, sino que habló de nacionalidad española, o francesa o alemana, para referirse a la condición de los ciudadanos de las naciones España, Francia o Alemania. A Cataluña o a las vascongadas las calificó, en todo momento, de provincias. La única nación de la que habló fue de la española.

En nuestra opinión, sin embargo, probablemente más que Pi y Margall fue tenido en cuenta el precedente de Prat de la Riba, quien utilizó confusa y ambiguamente el concepto en su La nacionalitat catalana, de gran influencia en el pensamiento nacionalista catalán: "Nacionalidad está, respecto de nación, en la misma relación que humanidad respecto del hombre, esto es, en la relación de cualidad constitutiva del ser a ser concreto. La humanidad es el conjunto de elementos que forman el hombre, la nacionalidad es el conjunto de elementos que forman la nación. Esto en el sentido natural de las palabras: ahora bien, si nacionalidad se toma en el sentido de sociedad concreta, entonces es sinónima de nación y ninguna diferencia puede encontrarse entre una y otra".