DEMOCRACIA
PLURINACIONAL
Artículo de FERRAN REQUEJO en “La Vanguardia” del 26/05/2004
Por
su interés y relevancia, he seleccionado el artículo que sigue para incluirlo
en este sitio web. (L. B.-B.)
Con un muy breve comentario al final:
DEMOCRACIA PLURINACIONAL, SÍ,
...EN CATALUÑA, EUSKADI Y GALICIA (L. B.-B., 26-5-04, 23:30)
Las preguntas son inteligibles si, y tan solo si, sabemos dónde buscar las
respuestas” (I. Berlin, “El propósito de la
filosofía”).
El proceso de reforma del Estatut catalán ha entrado
de lleno en su primera fase, aquella que consiste en sondear las posiciones de
los diversos actores implicados, de las organizaciones de la sociedad civil, y
en establecer una metodología clara de trabajo para su elaboración. La verdad
es que el reto no es fácil. Los límites específicos del modelo constitucional
son conocidos: un reparto de competencias indeterminado, fragmentado y desconstitucionalizado; una precaria protección del
autogobierno por parte de un tribunal constitucional en la elección de cuyos
miembros las autonomías no intervienen; la posibilidad de que el poder central
establezca leyes de bases u orgánicas uniformizadoras
y funciones administrativas expansivas; una falta de reconocimiento del pluralismo
nacional interno al estado; la ausencia de un modelo equitativo general de
financiación y de mecanismos de participación en el “gobierno compartido” del
Estado; etcétera).
En este momento inicial del proceso resultan importantes las “actitudes generales”
desde las que los partidos abordan el proceso de reforma. Podemos considerar
dichas actitudes a partir de dos pares de contraposiciones: por un lado, su
carácter más conservador o más reformista en relación a los elementos nucleares
del modelo territorial de la Constitución de 1978 y, por otro lado, según si
plantean un Estatut en términos bilaterales (relación
entre Catalunya y el Estado) o si lo hacen más bien en términos multilaterales.
La combinación de estos dos pares de conceptos conforma cuatro actitudes
generales de los partidos: 1) conservadora-bilateral, 2) conservadora
multilateral; 3) reformista-bilateral y 4) reformista-multilateral
(entendiendo, en las dos últimas, que se trata de reformas estructurales del
modelo territorial).
En los dos primeros casos, se trataría de modificar los textos legales aunque
sin modificar las principales reglas del juego actuales, propiciando, eso sí,
interpretaciones y transferencias (por ejemplo, a través del artículo 150.2 de
la CE) que fueran más favorables al autogobierno catalán, y limitando las
reformas constitucionales a poco más que a establecer un Senado de base
homogénea para las 17 comunidades autónomas, una conferencia de presidentes
autonómicos y algún órgano compartido de “cooperación” (presumiblemente
controlado por el poder central).
La actitud reformista-bilateral, por su parte, propiciaría una reformulación de
las relaciones entre Catalunya y el Estado, negociando al alza tanto los
aspectos competenciales como los aspectos simbólicos, institucionales y
financieros de su autogobierno. Se trata de una actitud genérica que
encontramos, por ejemplo, en el plan Ibarretxe,
especialmente en su texto articulado. Finalmente, la actitud
reformista-multilateral se plasmaría en un modelo de federalismo plurinacional,
cuyo objetivo básico es el de articular o acomodar, en términos liberales y
democráticos, el pluralismo nacional existente en la sociedad española. Este es
un tipo de pluralismo que normalmente ha estado ausente en el
constitucionalismo tradicional (incluidos buena parte de los estados
federales). Una característica que ha hecho que el constitucionalismo
democrático haya actuado normalmente en favor de las mayorías nacionales y en
detrimento de las minorías.
Algunos aspectos de la reforma del Estatut y de la
Constitución permiten un planteamiento multilateral, pero no todos. La mejora
del autogobierno de Catalunya no tiene que ver solo con competencias. Otros
elementos decisivos son el reconocimiento de su personalidad nacional en el
ámbito institucional, en el ámbito simbólico, así como el de gozar de recursos
legales y económicos suficientes para desarrollar políticas propias y
diferenciadas tanto en la esfera catalana y española, como en la europea e
internacional. En este sentido, creo que solo si nos situamos, a la vez, en las
dos últimas actitudes mencionadas estaremos en disposición de abordar
adecuadamente la acomodación democrática de una realidad que también es plural
en términos nacionales.
En nuestro contexto, pensar bien la democracia implica hacerlo desde la
plurinacionalidad y, eventualmente, desde el federalismo. Es decir, implica
hacerlo desde el federalismo plurinacional. De entrada, hay seis temas
“mínimos” que destacan por la importancia y urgencia de su reforma: el reconocimiento
formal de Catalunya como una realidad nacional diferenciada; la protección y la
ampliación del autogobierno; la regulación de la inmigración; la profundización
en la defensa y promoción del tándem lengua-educación-medios de comunicación;
la representación y participación en las instituciones europeas e
internacionales; y la financiación.
De hecho, el “orden lógico” del procedimiento debiera pasar primero por la
reforma de la Constitución y, posteriormente, por la de los estatutos. Pero va
a procederse al revés. El principal riesgo de proceder a una reforma
estatutaria realizada desde el marco de una Constitución limitadora y ya
anticuada, es que, una vez más, no se aborde el fondo de la cuestión: construir
una democracia federal avanzada en una realidad plurinacional. Es decir, los
nuevos estatutos tendrán inevitablemente límites viejos. Tal como he señalado
en diversos foros, creo que resultaría conveniente que en el Parlament de Catalunya no solo se apruebe un proyecto de Estatut, sino que, además, se elabore un segundo documento
con aquellas propuestas de reforma constitucional que gozan de un amplio
consenso entre los partidos catalanes.
FERRAN REQUEJO, catedrático de Teoría
Política en la UPF y autor de “Federalisme
plurinacional i Estat de les autonomies”
(Proa, 2003)
MUY BREVE COMENTARIO: DEMOCRACIA
PLURINACIONAL, SÍ, ...EN CATALUÑA, EUSKADI Y GALICIA
(L. B.-B., 26-5-04, 23:30
Tiene razón mi amigo y compañero Ferrán
Requejo: es necesaria una democracia plurinacional...
allí donde no existe. En Cataluña y Euskadi, no se cumplen las normas
constitucionales que diseñaron en el 78 una democracia plurinacional: el
castellano es cooficial a regañadientes y cuentagotas, los símbolos de la
Patria común establecida en la Constitución se desprecian, la identidad dual de
la mayoría del pueblo de las nacionalidades se intenta suprimir, la élite
política es endogámica, la sociedad delira en sueños, mitos y actitudes
cerradas, fomentadas o perpetuadas desde arriba, etc., etc., etc.
Esa "Constitución anticuada"
del 78 es mucho más moderna que el pensamiento fundamentalista incapaz de
concebir Cataluña, o Euskadi, o Galicia, como naciones plurales, por lo menos
duales, y cada vez más cosmopolitas. El nacionalismo pretende congelar sus
sociedades en fotos fijas del siglo XIX, y se cierra en banda a cualquier
aproximación racional y actual a la realidad. Y así puede seguir
por los siglos de los siglos, bloqueando el desarrollo del país o buscando
salidas suicidas en el soberanismo, la "libre
asociación", la independencia, o las mandangas teóricas insolidarias y solipsistas.
Mientras el nacionalismo no sea autodepurado de las mentes de mucha gente que presume de
modernidad anclándose en el siglo XIX, el país no avanzará. Se lo dice un
federalista desengañado de tanta chapuza y cerrazón mental, que hacen inviable
el federalismo real prediseñado en la Constitución del 78. Se está cerrando un
ciclo de avance y progreso, y a partir de ahora es muy probable que vayamos
hacia atrás como no despertemos.